Reserva de dominio para vehículos

Reserva de dominio para vehículos

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Si en vuestro día a día como autónomos habéis comprado un automóvil y lo habéis financiado es muy posible que este articulo os intereses, especialmente si ha sido a través de la financiera de la marca o mediante un leasing. Hoy vamos a explicar brevemente cómo funciona la reserva de dominio.

Y es que cuando adquirimos un vehículo a motor financiado es muy posible que, nuestro acreedor, a la hora de concedernos la operación, establezca como garantía adicional una reserva de dominio sobre el mismo. ¿En qué consiste y cómo se lleva a cabo?

Es sencillo, la reserva de dominio es una traba que se va a inscribir sobre nuestro vehículo para evitar que podamos transmitirlo a terceros, o para dejar claro la preferencia de cobro ante embargos de terceros sobre el mismo. Se lleva a cabo mediante nuestra autorización en el momento de firmar la financiación, y se anota en el Registro de Bienes Muebles de nuestra provincia, un Registro controlado por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, y que se intercomunica con el Registro administrativo de vehículos de la Dirección de Tráfico.

Cómo vender si tenemos una reserva de dominio

Así que si queremos vender el bien tenemos que levantar esa reserva de dominio, y para ello, el acreedor solo nos dar el documento autorizándolo si hemos pagado previamente lo que le adeudamos. Con ese documento, directamente, o a través de la gestoria, y mediante el pago de una tasa en el Registro de Bienes Muebles, podremos liberar el vehículo y transmitirlo. Conviene recordar al respecto dos cuestiones:

  • No todas las financieras, no en todas las operaciones lleva a cabo la reserva de dominio. Es importante preguntar y contrastar a la hora de la firma si se va a llevar a cabo no la constitución de esta reserva de dominio. Entre dos opciones idénticas a igualdad de precio, es un punto relevante.
  • Cuando la financiación se cancela el acreedor no se encarga de levantar automáticamente la reserva de dominio. Tenemos que ser nosotros quienes lo solicitamos (entre otros motivos por la tasa administrativa que hemos comentado). Teniendo en cuenta que suele llevar un tiempo, conviene que lo hagamos sin más dilación una vez la financiación ha finalizado, para evitar luego andar con prisas.
  • Si vendemos un coche al que le queda un importe por pagar, lo más normal es que el comprador nos retenga esa cantidad y la abone directamente a la financiera, para lograr así la liberación de la reserva de dominio.

Resumiendo: hay que saber si nuestros vehículos tiene reserva de dominio y debemos ser diligentes en la gestión de la misma.