¿Ha bajado el gobierno las comisiones de los TPV?

¿Ha bajado el gobierno las comisiones de los TPV?

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Allá por el mes de julio el Gobierno decidió adelantar una medida esperada, que sin embargo es posible que no haya sido bien entendida. La reducción desde hoy, 1 de septiembre, de las tasas de intercambio en las tarjetas de débito y crédito. Para entender el alcance de la misma, debemos explicar primero las diferencias entre tasa de intercambio y tasa de descuento, para luego entrar al detalle de la modificación.

Cuando pagamos en un comercio, ya sea físicamente o través de internet hay cuatro partes (que luego pueden ser tres): el comprador que paga con tarjeta, el comerciante, el proveedor financiero de la tarjeta del comprador, y el proveedor financiero del TPV del vendedor. Estos proveedores financieros generalmente son un banco, aunque no necesariamente.

  • Cuando el vendedor cobra con la tarjeta, debe pagar una comisión por la operación a quien le haya puesto el TPV, generalmente un banco, esa comisión es la llamada tasa de descuento, y es libre, con independencia de que se alcanzasen determinados acuerdos en su momento entre los Sistemas de Medios de Pago y Asociaciones de Comerciantes.
  • El receptor de dicha comisión, el titular del TPV, a su vez, debe pagar una comisión al proveedor de la tarjeta financiera, la llamada tasa de intercambio. Si la tasa de descuento que cobra está por debajo de la tasa de intercambio que debe ceder, pierde dinero, salvo que realmente no haya cesión, al ser la tarjeta también suya. Dichas tasas de intercambio varia levemente en función de la red de medios de pago (4B, Servired o Euro600) a la que esté asociada dicha tarjeta, y también en función de si la tarjeta es de débito o de crédito.

Pues bien, frente a la opinión generalizada de que lo que el Gobierno ha hecho, adelantándose a la armonización europea, es imponer un máximo a las comisiones a aplicar a los comercios, es decir, topar las tasas de descuento, lo cierto es que lo que ha limitado es la tasa de intercambio, lo que el proveedor del TPV debe ceder al emisor de la tarjeta.

Ello sin duda ayuda a la posibilidad de que el proveedor del TPV pueda reducir la tasa de descuento que aplica a su cliente, pero no supone una rebaja automática necesariamente. No hay más que leer el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia:

En concreto, la limitación de las tasas de intercambio es aplicable a las operaciones efectuadas con tarjeta de pago, con una limitación máxima del 0,2% en débito y 0,3% en crédito. Para pagos inferiores a 20 euros se establece un umbral máximo de 0,1% en tarjetas de débito y del 0,2% en tarjetas de crédito. Adicionalmente, para los pagos con tarjetas de débito, el nivel máximo de la tasa será, en todo caso, de 7 céntimos de euro, que aplicará, por tanto, para todos los pagos de importe superior a 35 euros

Por tanto, en el medio plazo, es posible que asistamos a una mayor competitividad en las ofertas de TPV, sin perjuicio de valorar otros aspectos en los mismos, como toda la gama de servicios accesorios, recordando que el mercado español es sumamente competitivo.