El factoring internacional como mecanismo de financiación de exportaciones

El factoring internacional como mecanismo de financiación de exportaciones

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El factoring internacional representa una forma de financiar las ventas al exterior con pago aplazado de tu empresa. Descubre cómo funciona y qué ventajas puede reportarte. Al desarrollar una actividad comercial internacional los factores de riesgo para el exportador son más diversos que en la operativa doméstica, en tanto que ha de considerar marcos fiscales y mercantiles diferentes en el análisis del riesgo de crédito de sus clientes extranjeros (importadores), así como el riesgo – país correspondiente, o el uso de plazos de cobro que suelen ser más amplios que en las ventas nacionales, entre otros. En este contexto, el exportador puede optar por suscribir un contrato de factoring internacional y ceder los créditos comerciales otorgados a sus clientes extranjeros, correspondientes a sus ventas con pago aplazado (cesión de medios de pago). Con ello, el exportador podrá además obtener financiación, mediante el anticipo parcial del importe los créditos cedidos, además de beneficiarse de otras ventajas. Veamos más en detalle en qué consiste el factoring internacional, cuál es su funcionamiento como mecanismo de financiación y las principales ventajas que aporta al exportador.

La operativa del factoring internacional

La operativa del factoring internacional descansa en la cesión, por parte del exportador (cedente), al banco o “factor” (sociedad de factoring), de los créditos comerciales a corto plazo concedidos por el primero a sus clientes en el exterior (deudores). Dicho factor prestará además determinados servicios administrativos (gestión e información sobre los cobros) y financieros relativos a los créditos comerciales que le han sido cedidos por el exportador. Estos servicios determinarán el coste del factoring para el exportador. El exportador y el factor firmarán un contrato de factoring en el que el primero se compromete a ceder las facturas de sus exportaciones durante el periodo de vigencia del contrato. En virtud de la cláusula de globalidad, el exportador se obliga a presentar todas las operaciones de exportación y todos clientes extranjeros, evitando una cesión selectiva de los créditos comerciales con mayor riesgo; si bien, son negociables ciertas excepciones a esta cláusula. El factor, por su parte, se obliga a prestar los servicios acordados, aunque se reservará el derecho de rechazar los créditos cuyo riesgo intrínseco sea inaceptable. La parte de la facturación que el factor acogerá para la gestión del cobro suele depender de la política de cobertura de riesgos de las agencias de crédito a la exportación (ECA, en inglés). Habitualmente el exportador tendrá que comunicar (incluir mención en facturas) a sus clientes extranjeros el hecho de que ha cedido las deudas o créditos comerciales a un factor (“cláusula de cesión”), para que efectúen el correspondiente pago directamente al factor. Entre los servicios financieros que pueden ser contratados en el marco del factoring internacional están la cobertura del riesgo de insolvencia del importador. En este sentido, hay que distinguir entre el factoring con y sin recurso. Hablamos de factoring sin recurso cuando el factor asume el riesgo de impago (derivado de una situación de incapacidad financiera) de los deudores extranjeros, de tal forma que ejerce de instrumento de cobertura de los riesgos comerciales. Por el contrario, en el factoring con recurso, el riesgo de insolvencia de los deudores extranjeros es asumido por del exportador (en este caso no tendrá sentido que someta toda su facturación exterior al factoring); y, de producirse un impago, si el exportador solicita al factor que continúe con la gestión del cobro o incluso que tome acciones legales, se devengará una comisión de re-factoring. Otro de los servicios financieros es la financiación, a través del anticipo parcial (hasta un límite, que no suele exceder el 90%) de fondos a cuenta de los créditos cedidos al factor. De hecho, habitualmente se utiliza el factoring con pago parcial anticipado. El exportador enviará los documentos representativos de las exportaciones a su factor, quien le abonará el porcentaje que puede anticipar del importe nominal de los créditos cedidos, neto de comisiones (su valor depende de los servicios contratados por el exportador al factor) e intereses aplicados por el pago anticipado.

El contrato de factoring internacional

En el contrato de factoring figurará dicho porcentaje del importe de cada factura que puede ser anticipado por el factor, junto con el límite de los posibles pagos parciales anticipados y el tipo de interés aplicable a estos. El factor del exportador, para gestionar el cobro de los créditos comerciales que le han sido cedidos, se apoyará en otros factores corresponsales (que pueden pertenecer a su mismo grupo o ser entidades de factoring independientes) localizados en los países de los deudores (importadores). Estos factores corresponsales gestionarán los cobros y reembolsarán al factor del exportador, quien abonará la parte pendiente, no anticipada, a su cliente (exportador). No obstante, si estamos ante un contrato de factoring con recurso, en el que el exportador asume el riesgo de insolvencia de sus clientes en el exterior, y alguna factura resulta impagada, el factor adeudará el importe al exportador.

Ventajas para el exportador

Como hemos destacado anteriormente, el factoring internacional permite al exportador obtener un anticipo de fondos sobre los créditos comerciales cedidos al factor, aumentando su flujo de tesorería. Además, reduce su carga administrativa y de gestión de deudores y de los documentos financieros correspondientes, tareas que pasan a ser realizadas por el factor. Toda vez que el factor realiza un análisis y clasificación de la solvencia de los clientes extranjeros del exportador, este último podrá ir consolidando una cartera de clientes de mejor calidad. Por otra parte, en los contratos de factoring sin recurso, el exportador se cubre del riesgo de insolvencia de sus clientes en el exterior que transfiere al factor, a la vez que reduce el inmovilizado en las cuentas de clientes extranjeros, pudiendo mejorar sus indicadores de balance. Además, la mitigación del riesgo de impago, le facilitará, entre otros, el desarrollo de nuevos proyectos. En definitiva, el factoring internacional se configura como un producto o instrumento financiero que permite a los exportadores financiar las operaciones de exportación con pago aplazado, incluso liberándolas del riesgo de insolvencia de los importadores extranjeros (factoring sin recurso), a la vez que facilita las labores administrativas asociadas a la gestión de cobros.