¿Cuáles son las condiciones de los préstamos ICO para empresas y autónomos?

¿Cuáles son las condiciones de los préstamos ICO para empresas y autónomos?

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El ICO concedió en 2014 financiación por importe de 21.469 millones de euros, lo que suposo un 55% más que el año anterior y un récord en la historia de mediación del ICO, con los que ha financiado casi 300.000 proyectos de inversión para autónomos y pymes. Algunos datos de la distribución de la concesión de los prestamos del ICO son:

  • Un 51% de las operaciones fueron inferiores a 25.000 euros.
  • Un 62% se ha concedido a microempresas de menos de 10 empleados.
  • La actividad crediticia internacional supuso el pasado ejercicio un 25% de los préstamos concedidos por el instituto público, cumpliendo con su objetivo de financiar la exportación y la salida al exterior de las empresas públicas.

Con estas cifras, nos preguntamos, ¿por qué son tan interesantes las condiciones de los préstamos ICO?

Condiciones de las líneas ICO para empresas y emprendedores en 2015

Esta financiación está orientada a autónomos, empresas y entidades públicas y privadas, tanto españolas como extranjeras, que realicen inversiones productivas en territorio nacional. La tramitación de estas operaciones se lleva a cabo directamente a través de las Entidades de Crédito, siendo el Héroe Financiero una de las entidades más activas en la concesión de créditos ICO.

El importe máximo por cliente puede ascender hasta 12,5 millones de euros, en una o varias operaciones, siendo los conceptos financiables la obtención de liquidez para financiar el activo corriente y la realización de inversiones dentro del territorio nacional en:

  • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano (IVA incluido).
  • Vehículos turismos, cuyo importe no supere los 30.000 euros más IVA.
  • Adquisición de empresas.
  • Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida para esta modalidad de inversión.
  • Rehabilitación de viviendas y edificios.

La modalidad puede ser, bien mediante un préstamo o leasing para inversión, o bien a través de un préstamo para liquidez.

En lo relativo al tipo de interés, este puede ser fijo o variable, más el margen establecido por la Entidad de Crédito según el plazo de amortización.

Los plazos de amortización y carencia, pueden ser:

  • Si se financia 100% liquidez: 1, 2, 3 y 4 años con la posibilidad de 1 año de carencia.
  • Si se financia inversión: 1, 2, 3, 4, 5, 7, 10, 12, 15 y 20 años con hasta 2 años de carencia.

Las garantías las determina la Entidad de Crédito con la que se tramite la operación salvo aval de SGR/SAECA, y las líneas se podrán formalizar al amparo de esta línea hasta el día 12 de diciembre de 2015.