Cómo calcular la TAE efectiva para vincularla con la contabilización de préstamos

Cómo calcular la TAE efectiva para vincularla con la contabilización de préstamos

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¿Y si te mejoramos las condiciones de financiación? Si no se está familiarizado con los términos financieros, un cliente que acuda a diferentes entidades financieras a pedir condiciones para un préstamo puede acabar contratando este en una entidad en la que acabe pagando más, a pesar de ser su objetivo el contrario. En el HF ofrecemos mejorar las condiciones de financiación, pero para ello nuestros potenciales clientes tienen que tener claro que es la TAE y que pasos deben dar para cancelar un prestamo si lo que desean es mejorar las condiciones de su financiación actual.

La Tasa Anual Equivalente (TAE) mide el coste o rendimiento efectivo de un producto financiero. Para ello, además del tipo de interés nominal, se tienen en cuenta los gastos y comisiones bancarias, el plazo de la operación y los seguros que sean de obligada contratación.

Simuladores para el cálculo de la TAE de un préstamo

Hace años la TAE se calculaba con calculadora o a mano, ahora la forma más racional es utilizando Excel, o más fácil aún utilizando un simulador. El simular préstamos hipotecarios y prestamos, sino también para:

  • Conocer el importe máximo recomendado en función de mis ingresos netos mensuales.
  • Conocer el importe máximo recomendado en función de la cuota mensual deseada.

Por su parte el Banco de España ofrece un simulador de la TAE, válido para aquellos préstamos en los que las comisiones y gastos que deben tenerse en cuenta para el cálculo de la tasa anual equivalente (TAE) de la operación se pagan tanto en el momento de su formalización como con carácter periódico.

Fórmula de la TAE

El cálculo de la TAE es el resultado de una fórmula que tiene en cuenta el tipo de interés, comisiones bancarias, frecuencia de los pagos y otros gastos o ingresos. Para calcular el TAE en tanto por uno a partir del TIN expresado también en tanto por uno se utiliza esta fórmula:

TAE=(1+ r/f)f -1

Siendo r el tipo de interés nominal expresado en tanto por uno y f la frecuencia de pagos o cobros de intereses

7 puntos que debemos de tener en cuenta para el cálculo de la TAE

En la norma decimotercera de la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, se especifican cinco particularidades que se deben de tener en cuenta para el cálculo de la TAE.

  1. Para el cálculo de la tasa anual equivalente, se tomará el importe bruto de los intereses liquidados, sin tener en cuenta las retenciones de impuestos a cargo del perceptor ni las ventajas fiscales por desgravaciones que puedan beneficiarle.
  2. Tanto la retribución en efectivo, si la hubiera, como la retribución en especie deberán tenerse en cuenta para el cálculo de la tasa anual equivalente.
  3. No se considerarán las comisiones o gastos que el cliente tendría que pagar por el incumplimiento de alguna de sus obligaciones contractuales.
  4. Cuando exista una remuneración en especie, se incluirán todos los importes que el cliente haya entregado a la entidad, o de cuyo pago se haya hecho cargo, para disponer efectivamente del bien o servicio en que consista dicha remuneración.
  5. En las cuentas a la vista, cuando se prevea un tipo fijo para un período determinado y uno diferente una vez transcurrido el mismo, la tasa anual equivalente tendrá en cuenta ambos tipos para el supuesto de permanencia del saldo durante un año completo.
  6. En los depósitos a plazo con garantía de devolución del principal y plazo inferior a un año, cuando se contemple la renovación automática del depósito a un tipo de interés diferente, la tasa anual equivalente tendrá en cuenta ambos tipos para el supuesto de permanencia del saldo durante un año completo.
  7. En los instrumentos financieros híbridos con garantía de devolución de principal, la tasa anual equivalente que se ha de incluir en el contrato reflejará el tipo de interés efectivo que le corresponda al contrato principal una vez segregado el derivado implícito, así como el valor, en el momento del contrato, de dicho derivado.