Aval bancario para alquiler

Aval bancario para alquiler

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Existen bastantes ocasiones en las que la empresa tiene que prestar un aval. El aval es la garantía que ofrecemos a un tercero para que se afiancen nuestros pagos futuros o para que llevemos a buen puerto el cumplimiento de nuestras obligaciones contractuales. Fundamentalmente, los avales se prestan en los contratos de arrendamiento de locales comerciales, arrendamientos de maquinaria o en el caso de que hagamos pedidos importantes a proveedores con pagos futuros.

En todo caso, la mayoría de las empresas optan directamente por entregar a la otra parte, el dinero en efectivo como garantía, concepto que entonces no sería un aval sino una fianza, dado que en la mayoría de los casos, no se recurre al aval financiero propiamente dicho.

El aval financiero es el documento por el cual, la entidad financiera garantiza frente al tercero el cumplimiento de nuestras obligaciones contractuales por el importe que se haya pactado. El mecanismo para conseguir un aval es el mismo que hay que hacer para obtener un crédito de ese importe.

Imaginemos que firmamos un contrato de alquiler en el que se nos exige un aval de 6.000 euros. Para conseguir dicho aval, nos dirigiremos a nuestra entidad financiera con el contrato, los datos de la empresa beneficiaria del aval y la entidad procederá a estudiar nuestro riesgo financiero.

Una vez la entidad financiera aprueba la operación, se emite un documento de aval, inscrito en un registro de avales y se delimitan las condiciones de ejecución del aval. Con este paso, evitamos tener que depositar directamente la cantidad en efectivo en las cuentas de la otra empresa.