¿Qué es la cirbe?

¿Qué es la cirbe?

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Hemos de ser conscientes de que, además de la información que nos solicita la entidad financiera para estudiar nuestras operaciones crediticias, esta cuenta con otras fuentes de información. Una de ellas, que es básica en el análisis del riesgo, es la derivada de Central de Información de Riesgos del Banco de España, más conocida como CIRBE, siendo habitual el referirse a la CIRBE de la empresa X para aludir a la información financiera que ésta facilita. Pero, ¿qué es exactamente la CIRBE?

En las siguientes lineas vamos a dar respuesta a esa pregunta, profundizando en la clase de información que facilita, de dónde la extrae, a quién se la facilita y qué debemos y podemos hacer en relación con la misma. Quizás pueda parecer osado, pero con independencia de que estemos planteando una operación financiera debemos monitorizar periódicamente nuestra CIRBE.

La Central del Información de Riesgos del Banco de España

Para empezar a acercarnos a la CIRBE nada mejor que darse una vuelta a la página que la institución que la gestiona, el Banco de España, ha colgado en internet:

Es un servicio público que gestiona una base de datos en la que constan, prácticamente, todos los préstamos, créditos, avales, y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes.

¿Con qué fin se constituye la CIRBE? Fundamentalmente dos objetivo la guían: facilitar la gestión de riesgos de las entidades financieras y favorecer el control y supervisión de las mismas por el Banco de España.

Como objetivos secundarios tenemos el de facilitar estudios estadísticos del riesgo y la financiación en España, o el de posibilitar a los consumidores el acceso a una información financiera integrada para comprobar que la situación que creen tener es la que realmente tienen.

¿Quién facilita la información?, ¿quién puede acceder a la CIRBE?

Lo facilitan las entidades financieras bajo supervisión del Banco de España: bancos, cajas de ahorros, EFC, Sociedades de Garantía Recíproca, etc. A sensu contrario, aquellas entidades que no están bajo su control no facilitan información sobre los riesgos financieros que contraen con terceros. No figurarían los riesgos concedidos por un proveedor ordinario, por un prestamista particular, pero tampoco los seguros de caución emitidos por una compañía aseguradora.

El sistema de la CIRBE busca un equilibrio: aquellas entidades financieras obligadas a comunicar datos para la CIRBE sobre un persona, física o jurídica, tienen acceso automático a los datos disponibles que hayan facilitado el resto de obligados, con actualización mensual (eso si, con un retraso sobre el riesgo real de entre 1 y 2 meses).

Como límites de referencia que obligan a las entidades financieras a comunicar los riesgos de los clientes tenemos 6.000 euros para riesgos directos y 30.000 para los indirectos. En los primeros estamos hablando de aquellos que firmamos como titulares, en los segundos de los que firmamos avalando.

Esto significa que las entidades financieras con las que tengamos riesgos superiores a dichos límites tienen acceso a los datos de nuestra CIRBE facilitados por el resto del sector.

Eso sí, dicha información se facilita de modo agregado, agrupando las distintas clases de riesgo, y sin indicar el nombre de las entidades concretas.

Si la entidad financiera no cuenta con esta información y le planteamos una operación, nos hará firmar una autorización para un acceso puntual a la CIRBE con acceso a la misma información que la comentada.

Como titulares, podemos dirigirnos directamente al Banco de España para que nos facilita información sobre nuestra CIRBE. En este caso la información está más desagregada y se indica el nombre las entidades que declaran cada concepto.

¿Qué información se facilita?

Partiendo de la agregación y del anonimato que hemos comentado en el apartado anterior, merece la pena pensar cómo clasifica la CIRBE los riesgos. A grandes rasgos son los siguientes riesgos, diferenciando en cada caso entre riesgo directo e indirecto:

  • Riesgos financieros: pólizas de crédito, préstamos, tarjetas de crédito, etc.
  • Riesgos comerciales: en esencia descuento de papel comercial y asimilados.
  • Riesgos de firma (avales emitidos por la entidad financiera a favor del titular ante terceros).
  • Arrendamiento financiero.
  • Títulos de renta fija.

A veces, cuando contrastamos nuestra realidad financiera con la CIRBE, es posible que nos cuadre, pues consideremos que una determinada partida sea comercial y sin embargo la entidad la haya declarado como financiera.

Sobre dicha información se construye el resto de la base de datos, segmentándolo por plazos, titularidades (unipersonales o solidarias, con más cotitulares), dispuestos y disponibles (riesgo autorizado pero aún no dispuesto), garantías (personales, reales,...) y sobre todo situación de dichos riesgos, si se encuentra al día, si está moroso, en suspenso,....

¿Recomendación? Monitorizar nuestra CIRBE, pedir información al Banco de España periódicamente sobre la misma, ya que los riesgos que declaremos al banco deben cuadrar con la misma. Es mejor tenerlo claro y no tener dudas al respecto. Además es posible que detectemos riesgos que pensemos que ya no teníamos (pensemos en afianzamientos a otros titulares) asó como poder exigir que se corrijan datos inexactos, solicitándolo bien a las entidades declarantes, bien a través del Banco de España.