Los avales internacionales

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Los avales y garantías bancarias internacionales son productos emitidos por las entidades financieras (garantes) a petición de sus empresas clientes, y en virtud de los cuales las primeras responden de los compromisos comerciales o financieros adquiridos por las segundas en sus operaciones internacionales.

Los avales se incorporan al documento financiero o efecto comercial utilizado en dichas operaciones en el exterior mientras que las garantías se emiten en documentos aparte.

En general, para la emisión de un aval o garantía ha de suministrase la siguiente información: partes intervinientes y la relación entre ambas, importe pagadero (máximo), documentación que ha de presentarse e idioma utilizado, fechas de emisión y vencimiento de la operación, términos para exigir el pago, responsable del pago, y referencia de la propia garantía o contragarantía, entre otros.

Veamos qué tipos de avales / garantías existen y cuáles son los más utilizados en las operaciones internacionales de las empresas, así como el apoyo oficial existente en este ámbito, ofrecido por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Tipologías

En función de la responsabilidad del banco emisor del aval / garantía, podemos distinguir entre garantía directa e indirecta (contragarantía). En el primer caso, el banco emite la garantía directamente a favor del beneficiario. Mientras, en la garantía indirecta existe un banco contragarante, situado en el mercado del beneficiario, que actuando como intermediario garantiza al banco garante. En ocasiones, la intervención del contragarante puede venir estipulado por la regulación del mercado de destino y/o cuando el beneficiario es un organismo público.

Por otra parte, en el comercio internacional es más frecuente la utilización de garantías a primer requerimiento que de garantías contractuales. En las garantías a primer requerimiento el pago derivado de la ejecución de la garantía tiene lugar cuando la entidad garante recibe la correspondiente solicitud por escrito y algún documento establecido en texto de la garantía; además son garantías irrevocables e intransferibles, a menos que se indique lo contrario en el momento de su emisión. Las garantías contractuales, en cambio, exigen demostrar el incumplimiento del ordenante, aportando pruebas documentales (sentencias judiciales, laudos arbitrales, etc.) y son emitidas por aseguradores y otras entidades especializadas.

Avales / garantías utilizados en el negocio internacional

Entre las garantías y avales bancarios utilizados con más frecuencia por las empresas en el desarrollo de su actividad internacional podemos citar los siguientes, algunos de ellos directamente relacionados con los procesos de licitación pública y la contratación de obras o el suministro de bienes de equipo:

  • Garantía de licitación. Destinada a garantizar que la empresa exportadora mantendrá la oferta presentada en un proceso de licitación y que, en caso de resultar adjudicataria, firmará el correspondiente contrato basado en las condiciones establecidas en dicha oferta. Este tipo de garantía es exigida muchas veces por los organismos licitadores para participar en concursos o licitaciones públicas. Asimismo, suele emitirse con el compromiso de la empresa de que si resultase adjudicataria ordenará la emisión de una garantía de buena ejecución (véase más abajo). Su importe equivale a un determinado porcentaje del valor de la oferta presentada por el exportador.
  • Garantía de buena ejecución. Su finalidad es garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el exportador (cumplimiento de plazos, calidades, alcance de los suministros, etc.) en un contrato que se le haya adjudicado, generalmente, para el suministro de determinados bienes de equipo o para la realización de una obra / construcción. Su coste se calcula aplicando un porcentaje al valor del proyecto u objeto de contratación.
  • Garantía de mantenimiento. Tiene por objeto cubrir al comprador extranjero de posibles defectos en la obra o el bien de equipo adquirido, así como del incumplimiento del contrato de mantenimiento por parte del exportador.
  • Garantía de retención. Su uso, con más frecuencia en proyectos de construcción, implica la retención de una parte del importe del contrato como garantía contra defectos ocultos. Se trata de una garantía destinada a cubrir a los contratantes frente a posibles defectos ocultos en las obras o proyectos de construcción.
  • Garantía de reembolso o devolución de anticipo. Su finalidad es responder a la devolución de un anticipo entregado por el importador, cuando el exportador incumpla sus obligaciones (no realice la venta en las condiciones acordadas). Su importe equivale al valor del anticipo.
  • Carta de crédito stand by. Tiene por finalidad satisfacer (por parte de la entidad financiera garante) el importe de una compraventa internacional al exportador cuando el importador no haga frente al pago. Se trataría de una garantía a primer requerimiento, que además puede ser confirmada por un banco confirmador localizado en el país del exportador, sobre todo cuando el banco garante (banco del importador) no es una entidad de primera línea o el riesgo-país es elevado.

Garantías internacionales con apoyo del ICO

El Instituto de Crédito Oficial, en su labor de apoyo financiero a las empresas españolas que están internacionalizándose, cuenta con el Programa ICO de Garantías Internacionales y la Línea ICO Garantías Internacionales, para facilitar a las empresas el acceso a licitaciones internacionales y la adjudicación de proyectos fuera de España.

El Programa ICO de Garantías Internacionales fue concebido para grandes empresas que necesitan de la emisión de garantías por importes superiores a los 10 millones de euros por proyecto. El ICO se encarga de aprobar y emitir las garantías directamente a los beneficiarios extranjeros, asumiendo los riesgos de las empresas españolas de forma conjunta con entidades financieras de carácter privado.

La Línea ICO Garantías Internacionales, por su parte, cuenta con una dotación de hasta 1.000 millones de euros (hasta finales de 2015, o antes, si se agotan esos fondos) y se destina a operaciones más pequeñas de empresas españolas (con mayoría de capital social de origen español), incluidas sus filiales. El importe máximo de las garantías con cargo a esta línea es de 25 millones de euros por empresa (en una o varias garantías). En este caso, son las entidades financieras privadas las que aprueban y emiten las garantías a los beneficiarios extranjeros, e ICO asume el riesgo de la entidad financiera.

En ambos casos, las garantías internacionales pueden emitirse en divisas, de acuerdo con las exigencias del beneficiario extranjero.

Para concluir, hay que indicar que el uso de avales y garantías bancarios ha ganado peso en las operaciones de comercio exterior, como instrumento que da soporte a las exigencias y obligaciones de las partes. En este sentido, los exportadores pueden constituirse tanto en beneficiarios de esas garantías, asegurándose el cobro de las ventas al exterior a través de una carta de crédito stand by; como en ordenantes, cuando la contraparte extranjera solicita la constitución de la garantía para asegurarse de que cumpla (el exportador) con sus obligaciones contractuales. Este último caso es común en los procesos de licitación y adjudicación de contratos en el exterior, siendo además frecuente que una misma empresa solicite la emisión de varias garantías, como parte de las exigencias impuestas por el licitador / beneficiario.