El crédito documentario como instrumento de pago en el comercio exterior

El crédito documentario como instrumento de pago en el comercio exterior

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El crédito documentario es una orden que el importador da a su banco para que efectúe el pago de la operación en el momento en que el banco del exportador le presente la documentación acreditativa de que la mercancía ha sido enviada de la manera pactada entre ambos.

Este es el medio de pago que ofrece mayor seguridad en las ventas internacionales, asegurando al exportador el cobro de su operación ya que el banco del importador garantiza la operación ya que pagará el precio convenido si la documentación está en regla, independientemente de que en ese momento el importador tenga saldo suficiente en su cuenta o no.

Funcionamiento de los créditos documentarios

En primer lugar el importador solicita a su banco la apertura del crédito documentario y se lo comunica al exportador, indicándole la documentación que debe remitir para proceder al pagouna vez que la mercancía ha sido enviada.

El exportador procederá al envío de la mercancía al lugar convenido y, paralelamente, a través de su banco, remite al banco del importador la documentación acreditativa de que la mercancía ha sido enviada en las condiciones acordadas.

El banco del importador recibe esta documentacion, compruba que está todo en regla y procede al pago a través del banco de exportador.

Tipos de créditos documentarios

El crédito puede ser confirmado. Es este caso un tercer banco (normalmente un banco internacional de primera fila) es quien garantiza el cumplimiento del pago en el supuesto de que el banco del importador no lo hiciera.

Puede ser revocable o irrevocable. Es revocable el que después de su apertura y antes del pago, el importador puede anularlo. El irrevocable: es el que una vez abierto ya no se puede cancelar. Un crédito irrevocable garantiza al exportador que si la documentación presentada es correcta, va a cobrar la operación.

Además puede ser a la vista, si el pago de la operación es al contado, es decir que en el momento de presentar la documentación el banco del importador procede al pago. Otra modalidad es a plazo, el pago no se realiza demanera inmediata sino una vez transcurrido el plazo acordado por las partes tras la entrega de la documentación acreditativa del envío de la mercancía.

También puede ser transferible, cuando el beneficiario puede utilizarla no sólo como medio de cobro sino como medio de pago para otra operación, de igual manera que una letra de cambio. Y otra modalidad es que sea divisible, cuando el beneficiario puede dividir el importe del crédito y transferir la cantidad que desee.